Ya aceptamos pagos con tarjetas de crédito a través de links de pagos AZUL
,alHoy te quiero compartir una información súper valiosa que te será de gran utilidad ya seas emprendedor, dueño de negocios o un empleado. Como ya sabes, la finalidad de este blog es ayudarte a cuidar tu dinero pero también el de tu empresa. Como el conocimiento es poder, te comparto ciertas prácticas que realizan algunas empresas de nuestro país, las cuales no son legales y que de no saber esto, puede hacer que gastes dinero sin necesidad. Ahora, si eres emprendedor o empresario, la información también te servirá para realizar prácticas correctas y proteger el dinero de tu empresa.
1. No es correcto cobrar a los clientes montos adicionales por realizar pagos con tarjetas de crédito.
¿Te ha sucedido que vas a un establecimiento a realizar una compra y te dicen por ejemplo: Si es en efectivo el monto es 1,000.00 y si es con tarjeta es 1,200.00???
A mi me ha sucedido en distintos lugares, sin embargo, es bueno que sepas que estas prácticas no son correctas. De acuerdo a la Ley 358-05 de protección al consumidor, señala que los precios no podrán ser modificados en función del medio de pago utilizado. Es decir, el precio debe ser el mismo ya sea con una compra en efectico, por transferencia o por tarjeta de crédito.
¿Por qué muchos establecimientos se han visto en la necesidad de cobrar adicional por el suo de tarjetas de credito? Bueno, quizás no tenías conocimiento de que las empresas intermediarias de tarjeta de credito (las que facilitan los veriphone), cobran comisiones. Por ejemplo, en la mayoría de los casos, por cada 10,000 que se venden a través del veriphone, las empresas intermediarias pueden cobrar entre 500-800 pesos. Como son montos relativamente altos cuando se comparan con ventas elevadas, los gastos de comisiones son muy altos.
Las empresas muchas veces, para disminuir los gastos, recurren a cobrarle a los clientes parte de esas comisiones.
2. No es correcto cobrar propina legal cuando los clientes piden delivery o autoservicio.
Son muchos los casos mencionados de multinacionales e internacionales que cobran propina legal en situaciones donde no corresponde. Para ponerte en contexto, la propina legal es un cargo adicional que se hace en las facturaciones de restaurantes y sector hotelero. Por ejemplo, vas a un restaurante y consumes 1,000.00 en comida, comiste dentro y te sirvió un mesero. A ese monto le sumaran 100.00 en la factura correspondiente a 10% de una propina que legalmente debes pagarle a ese mesero o mesera.
¿Qué sucede en la práctica? Que muchos establecimientos cobran la propina aún cuando no se necesita la asistencia de un mesero (delivery y drive thru o autoservicio).
En septiembre del 2021 La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), , consideró que la propina obligatoria que dispone el artículo 228 del Código de Trabajo, no debe ser incluida en las cuentas de comidas y bebidas que serían consumidas en un lugar diferente al negocio o comercio que las vendió (“take out o delivery “).
Entonces, ¿qué debe hacer el establecimiento que cobra las propinas legales? Debe distribuir todo el dinero de la propina a los meseros. Así lo indica la ley. Ese dinero recaudado no es de la empresa, es de quienes sirven a los clientes.
Esta información debes tenerla en consideración si eres propietario de un restaurante o establecimiento acogido al sector turismo, si eres emprendedor, camarero y/o ciudadano en general.
c Sabías que desde el momento en que te inscribes en DGII, debes empezar a reportar? Si. Aunque no vendas ni un peso, tienes la obligación de reportar. Ya sea como persona fisica (o sea, tu cédula es tu rnc) o persona jurídica (empresa constituida)
Imagina que alguien te de una información super valiosa que te permita ahorrar miles y miles de pesos.. Que te evite problemas fiscales y que además a eso, te permita ahorrar dinero en impuestos, enfocándote solo en pagar lo justo. Si, ese ‘’alguien’’soy yo.
Es común recién formalizar una empresa, y por algun motivo no llevar a cabo sus actividades… pero adivina… ya la DGII tiene tu RNC registrado. Tú te olvidas de esa empresa, no sabes que detrás de tu olvido hay una institución dándote seguimiento y esperando el momento oportuno para reclamar tu asusencia. Este reclamo te costará dinero… créeme.
Lo que la mayoría de personas desconocen es que inmediatamente DGII registra o inscribe un contribuyente persona y una empresa, empieza a correr el reloj para realizar las declaraciones. Te cuento que en el artículo 7 del código tributario (la ley que rige todos los procesos de impuestos en nuestro país), se destaca que los contribuyentes tienen ciertos deberes entre ellos llevar contabilidad organizada y declarar de manera oportuna (A tiempo) los impuestos que le correspondan.
¿Sabes cuáles son algunas de las consecuencias por dejar que se acumulen declaraciones sin realizar? Multas que van desde 5 a 30 salarios mínimos. Aquí lo que quiero es compartirte los siguientes puntos:
- Aunque una empresa o persona física inscrita en DGII no este teniendo ningún tipo de actividad (ingresos, gastos, el negocio este paralizado, etc), debe declarar en DGII aunque sea en cero. Esto se debe a que institución de impuestos no sabe que no estas recibiendo ingresos, no sabe que el negocio está paralizado y es por esto que debes mantenerte siempre informándole tus actividades económicas, de haberlas o no, mensualmente.
- Una iguala en impuestos es una inversión, no un gasto. Como bien te comenté, la información es poder y los temas tribitarios son muy delicados, incluso cualquier error o mala ‘’jugada’’ con el fisco puede llevarte a tener deudas millonarias e incluso la cárcel. Contar con alguien de tu entera confianza y que te instruya legalmente sobre los pasos correctos a realizar, será tu vía para no gastar dinero de má, por negligencias, en temas impositivos.
- Si tienes una empresa y no tiene ningún tipo de actividad; quizás te vas fuera del país y ya no quieres seguir con ella; o tal vez tenías un socio, las cosas no salieron bien y decidiste paralizar un proyecto… Cualquier situación que implique no declarar impuestos mensuales y anuales por motivo de cese de operaciones, te recomiendo mejor inactivar el RNC. La inactivación del RNC ante DGII es lo que le hará saber a ellos por tiempo indefindo que definitavamente no continuarás con un proyecto.
Recuerda que hay muchas maneras de ahorrar dinero y una de ellas es con el conocimiento y gestionando correctamente nuestros negocios.
Si tienes una empresa o si eres persona inscrita en DGII y no tenías conocimiento de que debes declarar todos los meses y todos los años, contáctame y te ayudo a ponerte al día, al mismo tiempo en que evitar faltas con el fisco y pagas solo lo justo.